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Alta de escrituras para pago del impuesto predial

 

¿De qué se trata?

 

Por ley, todos los predios dentro del municipio deben estar inscritos en el padrón catastral y así poder cumplir con el pago del impuesto predial que estará determinado en función de la base gravable que a su vez será definida por las características de la propiedad (Superficie, construcción, uso de suelo, etc)

La ley de catastros municipales, confiere la responsabilidad a esta dirección de integrar todos los registros que de este tipo de trámites se deriven como lo menciona en el capítulo II-Bis, artículo 6, párrafo I de la ley de catastros municipales del estado de Guerrero.

 

Requisitos:

· Copia de escrituras inscritas en el Registro Público de la Propiedad.

· Recibo de pago de derechos.

· Forma 3DCC (Se adquiere en Tesorería Municipal).

· Copia de la credencial de elector del propietario.

· Constancia de  no adeudo de agua o en su defecto constancia de que no cuenta con el servicio.

 

¿Cuánto cuesta?

 

· Pago de derechos :$125.89

· Forma 3DCC: $73.86

 

Plazo de respuesta:

7 días hábiles cómo máximo*

 

Procedimiento:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
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